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Aspectos Clave sobre la Acción de Tutela por Mora Judicial

  • Foto del escritor: Nicolas Riveros
    Nicolas Riveros
  • 3 jul 2024
  • 1 Min. de lectura
03/JULIO/2024
KAREN VIVIAN ZAMORA TRUJILLO



La Corte Suprema de Justicia, mediante Sentencia STP5745-2024 de mayo siete (7) de 2024, destaca puntos determinantes a tener en cuenta al interponer una acción de tutela por mora judicial a fin de garantizar el derecho al debido proceso por cuanto los procesos judiciales deben realizarse sin dilaciones injustificadas, protegiendo el acceso a la justicia.

Y es que no se trata de la mera demora, por cuanto el Juez debe realizar un análisis integral de esta, evaluando si esta se deriva de la congestión judicial o un volumen de trabajo que justifique la tardanza, previendo que la congestión judicial puede ser una razón válida, pero debe estar debidamente acreditada.

De no encontrarse debidamente justificada la demora, el Juez Constitucional podrá ordenar medidas para garantizar la resolución del caso, teniendo como alternativas:

- Reiterar la obligación de seguir el sistema de turnos.
- Ordenar la alteración del orden para emitir una decisión, en casos excepcionales.
- Conceder un amparo transitorio mientras se resuelve el caso de fondo.



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